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Capacitación — Córdoba

Según la propia página oficial de la Dirección de Mediación (DiMed), para actuar como mediador/a en Córdoba alcanza con título universitario de grado, aprobar la formación básica que exige la Dirección y obtener su matrícula. La matrícula se otorga en dos etapas: una provisoria (formación básica homologada + documentación) y una definitiva, que exige además acreditar 5 mediaciones de práctica en Centros Públicos de Mediación y aprobar una evaluación.

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Requisitos para matricularse

  • Título universitario de grado (confirmado en mediacion.cba.gov.ar/mediadores-requisitos/, que reproduce textualmente los 5 requisitos generales de la Ley 10.543).
  • Haber aprobado la formación para mediadores requerida por la Dirección de Mediación.
  • Haber obtenido la matrícula otorgada por la Dirección de Mediación.
  • Acreditar la condición tributaria ante los organismos fiscales e impositivos (CUIL/CUIT) y contar con recibos o facturas conforme a la normativa vigente.
  • No estar incurso en causal de prohibición e inhabilidad (Ley 10.543, art. 58).
  • Para la matrícula PROVISORIA, además: nota solicitando el otorgamiento con domicilio legal y electrónico constituidos; formulario de datos personales (lo provee DiMed); DNI y 3 fotos carnet; declaración jurada de no inhabilidad (formulario provisto por DiMed); copia legalizada del título universitario; certificado del Curso de Formación Básica de Mediadores homologado por el Ministerio de Justicia de la Nación o de la Provincia; certificado de reincidencia/antecedentes; certificado de domicilio en la Provincia; informe de Deudores Alimentarios Morosos; y pago de la Tasa Retributiva de Servicio de Matriculación.
  • Para la matrícula DEFINITIVA: acreditar todos los requisitos de la provisoria, haber realizado 5 mediaciones de práctica en Centros Públicos de Mediación, y aprobar la evaluación para la habilitación definitiva (la página oficial no detalla el formato del examen).
  • En el resto de la Provincia (fuera de Capital y Río Cuarto), donde aún no rige la Ley 10.543, sigue aplicándose el régimen anterior de la Ley 8858: abogado/a con 3 años de ejercicio profesional (sede judicial) o cualquier título universitario de grado con 3 años de antigüedad (sede extrajudicial), con la misma lógica de formación básica homologada.

Capacitación continua

La página oficial de requisitos no menciona una exigencia de horas de capacitación continua para conservar la matrícula ya definitiva; solo describe el camino provisoria → definitiva. No encontramos, en las fuentes oficiales revisadas, un requisito específico de capacitación continua periódica (a diferencia de otras jurisdicciones). Queda como dato no confirmado, no como ausencia certera.

Centros de capacitación

Facultad de Ciencias Sociales — Universidad Nacional de Córdoba (UNC) y Colegio de Profesionales en Servicio Social de la Provincia de Córdoba

Universidad pública + Colegio profesional (programa conjunto)

Mediario Asociación Civil

Entidad privada

Mediación Tres Bases

Entidad privada
3512 57-6685 (WhatsApp)

Centro de Perfeccionamiento "Ricardo C. Núñez" — Poder Judicial de Córdoba

Escuela de capacitación judicial

Normativa de capacitación

Ley 10.543 (art. 57: requisitos del mediador; art. 58: inhabilidades)

Ley de Mediación de la Provincia de Córdoba (vigente en Capital y Río Cuarto), sancionada el 9/5/2018.

Decreto Reglamentario N° 1705/18

Reglamentación de la Ley 10.543. El número de decreto (1705/18) figura en el título del PDF oficial del Boletín Oficial de Córdoba; una fuente secundaria distinta lo citó como '1075/18' — se recomienda confirmar el número exacto antes de citarlo como definitivo.

Resolución Ministerial N° 258/2022 (homologación del programa de Facultad de Ciencias Sociales UNC / Colegio de Profesionales en Servicio Social)

Homologa como Formación Básica de Mediador/a el programa dictado conjuntamente por la Facultad de Ciencias Sociales (UNC) y el Colegio de Profesionales en Servicio Social de Córdoba. Confirmado en la página oficial de difusión del curso (cpsscba.org).

Resolución N° 004/2023 (habilitación de Mediación Tres Bases) y Resolución Ministerial N° 207/2023 (homologación de su Formación Básica)

Habilitan a Mediación Tres Bases, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, como entidad formadora y homologan su curso de Formación Básica en Mediación. Confirmado en la página oficial de difusión del curso (mediaciontresbases.com.ar).

Notas sobre las fuentes

Investigado en julio de 2026; ampliado y verificado el 26/07/2026 con capturas de navegador reales de mediacion.cba.gov.ar (home, dm-institucional, mediadores-requisitos), cpsscba.org y mediaciontresbases.com.ar, que hasta entonces habían dado 403 a los fetch automatizados (ver historial resuelto en data/issues.json). Con esas capturas se confirmaron los requisitos oficiales exactos, las resoluciones de habilitación/homologación de Mediación Tres Bases (004/2023 y 207/2023) y del programa UNC/Colegio de Servicio Social (258/2022), y se dio de baja el centro CeMeCoPsi por 404. El Colegio de Abogados de Córdoba (abogado.org.ar) sí es accesible, pero su portada no expone ninguna sección de mediación en su navegación principal, por lo que seguimos sin poder confirmar si tiene un Centro de Mediación propio con formularios/modelos publicados. Quedan sin confirmar con fuente primaria completa: el número exacto del decreto reglamentario (1705/18 vs. 1075/18) y el detalle del formato del examen para la matrícula definitiva.