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La Justicia Nacional y Federal con asiento en CABA aplica la Ley 26.589 de mediación prejudicial obligatoria para la mayoría de los conflictos civiles y comerciales; los conflictos laborales tienen su propio régimen de conciliación obligatoria ante el SECLO.

Datos actualizados: 31 de octubre de 2026 · Metodología

Marco normativo

Ley 26.589 (Mediación Prejudicial Obligatoria)
Sanción: 2010 · Ver texto oficial

Sancionada el 15 de abril de 2010, la Ley 26.589 establece con carácter obligatorio la mediación previa a todo proceso judicial ante la Justicia Nacional y Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para promover la resolución extrajudicial de controversias mediante la comunicación directa entre las partes (art. 1). Antes de iniciar la mayoría de las demandas civiles y comerciales, quien reclama debe intentar primero una mediación ante un mediador matriculado en el Registro Nacional de Mediación, y acompañar la demanda con el acta que expide el mediador (art. 2 y 3). Fue reglamentada por el Decreto 1467/2011, cuyo Anexo I fue sustituido por el Decreto 696/2025 (vigente desde el 1/10/2025): las audiencias se hacen por medios digitales como regla general, con asistencia letrada obligatoria, comparecencia personal y prohibición de grabarlas o transcribirlas. Desde el 29 de junio de 2026 la gestión se digitaliza en forma progresiva, por módulos, mediante el Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria (SIGIM), aprobado por la Resolución 277/2026 del Ministerio de Justicia, que integra el sistema MEPRE. Durante 365 días desde su implementación, las notificaciones iniciales a personas humanas deben hacerse también en formato físico, y quien no acredite firma digital queda inhabilitado para operar en el sistema.

Obligatoriedad: Es obligatoria antes de iniciar la mayoría de las demandas civiles y comerciales patrimoniales ante los tribunales nacionales y federales con asiento en CABA (arts. 1 y 4: 'todo tipo de controversias' salvo las excluidas por el art. 5). Es optativa para quien reclama en los procesos de ejecución y en las controversias de salud contra obras sociales, agentes del Seguro de Salud o prepagas (art. 6, según DNU 379/2025; ver PRO.ME.SA). Los desalojos no figuran entre los supuestos optativos del art. 6 vigente ni entre las exclusiones del art. 5, por lo que, según el texto, quedan alcanzados por la regla general del art. 4. Es un punto discutido: el texto original de 2010 los hacía optativos, la Ley 27.551 (2020) los quitó de esa lista, y tras la derogación de esa ley por el DNU 70/2023 parte de la doctrina los siguió considerando optativos. No encontramos jurisprudencia de la Cámara Civil ni un criterio publicado por la Dirección Nacional de Mediación, por lo que conviene verificar el criterio del juzgado antes de demandar sin mediación. Los conflictos de familia no patrimoniales (divorcio, filiación, patria potestad, adopción) están excluidos de este régimen, pero sí es obligatoria para las cuestiones patrimoniales derivadas de ellos (alimentos, régimen de comunicación, liquidación de bienes, arts. 31 a 33). Los conflictos individuales y pluriindividuales de trabajo dentro de la jurisdicción de la Justicia Nacional del Trabajo no se rigen por esta ley sino por su propio régimen de instancia obligatoria de conciliación laboral (SECLO, Ley 24.635).

Materias obligatorias

  • Controversias patrimoniales de derecho privado (civil y comercial) ante la Justicia Nacional y Federal en lo Civil y Comercial
  • Cuestiones patrimoniales derivadas de conflictos de familia (alimentos, régimen de comunicación, cuidado personal, liquidación de bienes)
  • Reclamos por daños y perjuicios, incluidos accidentes de tránsito, entre particulares
  • Cobro de sumas de dinero y cumplimiento de contratos
  • Desalojos, según el texto vigente de los arts. 4 a 6 (punto discutido: ver la aclaración sobre obligatoriedad)

Materias voluntarias

  • Procesos de ejecución (optativa para quien reclama, art. 6)
  • Controversias de salud contra obras sociales, agentes del Seguro de Salud o prepagas (optativa para quien reclama, art. 6; ver PRO.ME.SA)

Materias excluidas

  • Acciones penales
  • Acciones de separación personal, divorcio, nulidad de matrimonio, filiación, patria potestad y adopción (salvo las cuestiones patrimoniales derivadas)
  • Causas en que el Estado Nacional, las provincias, los municipios, la CABA o sus entidades descentralizadas sean parte, con las excepciones del art. 5 inc. c
  • Procesos de declaración de incapacidad e inhabilitación y sus rehabilitaciones
  • Amparos, hábeas corpus, hábeas data e interdictos
  • Medidas cautelares, diligencias preliminares y prueba anticipada
  • Juicios sucesorios y procesos voluntarios
  • Concursos preventivos y quiebras
  • Convocatoria a asamblea de copropietarios (art. 10, Ley 13.512)
  • Conflictos de competencia de la Justicia del Trabajo (régimen propio: SECLO, Ley 24.635)
  • Conflictos en las relaciones de consumo (art. 5 inc. m)

Regímenes especiales en esta jurisdicción

Además del régimen general de mediación, estas materias tienen su propio circuito específico:

Capacitación

Para inscribirse en el Registro Nacional de Mediación (Ley 26.589) es obligatorio ser abogado/a con al menos 3 años de antigüedad en la matrícula y completar una capacitación básica homologada por el Ministerio de Justicia, dictada por entidades formadoras privadas, universidades o colegios profesionales habilitados en el sistema REGEF.

Ver requisitos y centros de capacitación →

Indicadores de uso

131.584
Mediaciones prejudiciales iniciadas en 2025 (fueros Civil, Comercial y Civil y Comercial Federal): 116.105 patrimoniales, 7.396 familiares y el resto sin clasificar. Cifra calculada a partir de los microdatos oficiales. (2025)
28,5%
En 2025, acuerdo total o parcial entre las mediaciones prejudiciales efectivamente realizadas (28.020 sobre 98.214), sin contar los casos no mediados por incomparecencia u otras causas. Cifra calculada a partir de los microdatos oficiales. (2025)
104.591
Mediaciones prejudiciales iniciadas entre enero y septiembre de 2026. Dato parcial: todavía hay trámites en curso, por lo que no es comparable con años cerrados. (2026)

Recursos útiles

Trámites, formularios y modelos de escritos provistos por los organismos oficiales, colegios profesionales y agrupaciones de mediadores. Los enlaces llevan siempre al recurso original en el sitio del organismo emisor.

General

Iniciar trámite

Portal de Mediación - Sistema SIGIM

Portal digital del Ministerio de Justicia para iniciar y gestionar la mediación prejudicial obligatoria mediante el Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación (SIGIM, en implementación progresiva desde el 29/06/2026): carga del formulario electrónico, sorteo de mediador, notificaciones, audiencias y firma digital del acta.

mediacion.jus.gob.ar
Formulario

Formularios oficiales de mediación (inicio, domicilio, notificaciones)

Formularios del Ministerio de Justicia para quienes inician una mediación (formulario de inicio con anexo, modelos de notificación) y para mediadores (declaración de domicilio, comunicación de correo/teléfono).

argentina.gob.ar
Recurso

Inscripción en el Registro Nacional de Mediación

Requisitos y procedimiento para inscribirse como mediador/a prejudicial: ser abogado/a con tres años de antigüedad en la matrícula, acreditar cursos de mediación (introducción, formación y pasantía) y aprobar el examen del Ministerio de Justicia. Trámite gratuito.

argentina.gob.ar
Normativa

Normativa nacional de mediación y métodos participativos

Compilación de la normativa vigente: Ley 26.589, Decreto reglamentario 1467/2011, Decreto 696/2025 (base del SIGIM), y resoluciones del Registro Nacional de Mediación.

argentina.gob.ar
Iniciar trámite

Solicitar una mediación gratuita - Centro de Prevención y Resolución de Conflictos

Mediación prejudicial gratuita a cargo de mediadores del Ministerio de Justicia, para personas que acreditan una situación de vulnerabilidad económica.

argentina.gob.ar
Modelo de escrito

Formularios y documentos listos para usar - CPACF

Modelos de escritos y formularios provistos por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal para trámites profesionales, incluidos los vinculados a mediación.

cpacf.org.ar
Recurso

Estadística de mediaciones prejudiciales y judiciales (dataset abierto)

Dataset público con las mediaciones prejudiciales y judiciales registradas desde febrero de 2014, por tema, resultado y fuero. Se descarga en CSV y se actualiza periódicamente.

datos.jus.gob.ar
Normativa

Resolución 277/2026 - Sistema de gestión de la mediación (SIGIM)

Aprueba el SIGIM, los modelos de notificación y las reglas de firma digital, notificación electrónica y audiencias a distancia.

argentina.gob.ar
Recurso

Examen para aspirantes a mediadores generales y familiares

Convocatoria vigente, disposiciones, listados, sedes y fechas de los exámenes escritos y orales.

argentina.gob.ar

Contacto

Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos - Ministerio de Justicia de la Nación

📍Av. Córdoba 1154, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
☎(011) 5300-4000

SECLO - Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Ministerio de Capital Humano)

📍Av. Leandro N. Alem 650, piso 2 (atención presencial: 25 de Mayo 637, PB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires