Requisitos para matricularse como mediador/a y centros de capacitación habilitados, jurisdicción por jurisdicción y régimen por régimen. Esta sección se va ampliando de a poco: solo aparecen acá las fichas ya investigadas.
Para inscribirse en el Registro Nacional de Mediación (Ley 26.589) es obligatorio ser abogado/a con al menos 3 años de antigüedad en la matrícula y completar una capacitación básica homologada por el Ministerio de Justicia, dictada por entidades formadoras privadas, universidades o colegios profesionales habilitados en el sistema REGEF.
ProvinciaPara el mediador/a judicial se exige título de abogado/a con 3 años de antigüedad, matriculación en el Colegio de Abogados departamental y un curso de formación básica homologado por el Ministerio de Justicia y DDHH de la Provincia. A diferencia del sistema nacional, la Ley 13.951 y su reglamentación no fijan una carga horaria única: cada entidad formadora se homologa institución por institución mediante resolución ministerial.
CABAEl sistema de la Ciudad no exige ser abogado/a: alcanza con título universitario habilitante en cualquier profesión colegiada, 3 años de ejercicio profesional y aprobar el curso obligatorio de 30 horas que dicta directamente la Dirección General de Mediación y Convivencia Vecinal (DGMCV).
ProvinciaPara ser mediador/a en sede judicial hay que tener título de abogado/a con 5 años de ejercicio, el nivel básico de formación, inscripción en el Registro de Mediadores y 30 horas anuales de perfeccionamiento.
ProvinciaPara inscribirse en el Registro de Mediadores hay que acreditar la capacitación básica exigida por el Ministerio de Justicia de la Nación, domicilio en la provincia y oficinas adecuadas. Se pide título universitario para la mediación judicial y título secundario para la extrajudicial.
ProvinciaPara matricularse hay que acreditar título de nivel superior, formación inicial en mediación y aprobar la evaluación de ingreso al Registro Provincial de Mediadores. Quien no sea abogado/a debe actuar con un profesional letrado como comediador.
ProvinciaSegún la propia página oficial de la Dirección de Mediación (DiMed), para actuar como mediador/a en Córdoba alcanza con título universitario de grado, aprobar la formación básica que exige la Dirección y obtener su matrícula. La matrícula se otorga en dos etapas: una provisoria (formación básica homologada + documentación) y una definitiva, que exige además acreditar 5 mediaciones de práctica en Centros Públicos de Mediación y aprobar una evaluación.
ProvinciaPara mediar en sede judicial hay que tener título de abogado/a con 3 años de ejercicio, el nivel básico de formación, inscripción en el Centro Judicial y 5 años de residencia en la provincia. Para la mediación penal se pide además un curso especial.
ProvinciaPara inscribirse en el Registro de Mediadores hay que ser abogado/a matriculado/a en la provincia con 3 años de ejercicio, tener título de mediador/a reconocido y aprobar la capacitación y la evaluación que exija el Superior Tribunal.
ProvinciaPara actuar como mediador/a prejudicial hay que tener título de abogado/a con matrícula provincial y 3 años de antigüedad, acreditar la capacitación que fije la reglamentación e inscribirse en el Registro de Mediadores Prejudiciales.
ProvinciaPara ser mediador/a hay que tener título terciario o de grado universitario con 3 años de ejercicio profesional, el nivel básico de formación, matrícula provincial y 20 horas anuales de perfeccionamiento.
ProvinciaLa Ley 10.766 exige formación continua y prevé evaluaciones periódicas de idoneidad. Los co-mediadores deben cumplir los mismos requisitos de inscripción que el mediador principal. La reglamentación que debe precisar el resto no se encontró.
ProvinciaMendoza tiene registros distintos. Los conciliadores de la OCC deben ser abogados con 5 años de matrícula y aprobar la formación de la Oficina; los de la OCL, abogados con más de 3 años de matrícula, por concurso. No encontramos requisitos publicados para integrar el Cuerpo de Mediadores.
ProvinciaPara actuar en sede judicial hay que tener título de abogado/a, el nivel básico de formación y estar inscripto/a y habilitado/a en el registro del Centro Judicial de Mediación. Los comediadores presentan el título de su profesión de base.
ProvinciaPara matricularse en la mediación prejudicial obligatoria hay que tener título universitario, 3 años de ejercicio profesional, domicilio profesional en la provincia, y capacitación y entrenamiento en mediación. Quien ingresa debe co-mediar durante un año.
ProvinciaPara la mediación extrajudicial se pide título universitario de grado con 3 años de ejercicio y el nivel básico de formación. Las condiciones para el mediador judicial las fija la Corte de Justicia.
ProvinciaPara actuar en sede judicial hay que tener matrícula vigente de mediador/a del Foro de Abogados de San Juan e inscribirse en el Registro de Mediadores Judiciales. Para seguir en la matrícula se exigen 20 horas anuales de formación continua.
ProvinciaPara actuar como mediador/a en sede judicial hay que tener título universitario de grado en cualquier disciplina, el nivel básico de formación reconocido por el Ministerio de Justicia de la Nación, estar inscripto/a en el Centro y tener residencia en la provincia desde hace al menos 5 años.
ProvinciaLa Ley 3927 prevé matricularse en un Registro Provincial de Mediadores, según su reglamentación. Para el Registro de Mediadores Ad-hoc del Centro Judicial se pide título universitario y formación básica y pasantía en una entidad autorizada por el Ministerio de Justicia de la Nación.
ProvinciaPara ser mediador/a hay que tener título de abogado/a o procurador/a con 3 años de ejercicio, capacitación en mediación, matrícula vigente e inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores.
ProvinciaPara mediar en sede judicial hay que tener título profesional universitario, Formación Básica en Mediación y habilitación provincial, y acreditar 20 horas anuales de capacitación. La mediación obligatoria debe estar dirigida por un mediador con título de abogado.
ProvinciaPara ser mediador/a en Tucumán hay que tener título de abogado/a con 2 años de antigüedad, domicilio real en la provincia, el nivel básico de formación y una oficina adecuada. Los comediadores no necesitan ser abogados.
La ley exige que cada ORAC tenga, como mínimo, un abogado, un psicólogo y un trabajador social, todos especializados en métodos alternativos de resolución de conflictos. La Procuración General dicta un programa propio de formación de 60 horas.
Vecinal / ComunitariaPara mediar en la Ciudad hay que estar inscripto/a en el Registro de Mediadores, con título universitario habilitante y al menos 3 años de antigüedad, y acreditar capacitación básica y especialización en la materia comunitaria. El detalle está en la ficha de capacitación de CABA.
LaboralPara inscribirse como conciliador/a laboral hay que tener título de abogado/a con matrícula de al menos 3 años y acreditar conocimientos en derecho del trabajo. No encontramos una convocatoria abierta ni la reglamentación del Registro Provincial de Conciliadores Laborales.
LaboralPara ser conciliador/a laboral hay que tener título de abogado/a, conocimiento acreditado en derecho del trabajo y más de 3 años de experiencia en la matrícula. El ingreso es siempre por concurso público.
LaboralPara ser conciliador/a laboral del SECLO hay que tener título de abogado/a con antecedentes en derecho del trabajo, aprobar la formación básica y rendir el examen de idoneidad. El Ministerio de Justicia organiza estas instancias junto con el SECLO. La última formación la dictó el propio Ministerio, sin entidades privadas.
SaludPara mediar en PROMESA hay que estar inscripto/a como mediador/a, con más de 1 año de antigüedad y sin sanciones vigentes. Además, hay que aprobar una capacitación básica en salud de 24 horas y un examen de idoneidad técnica. Los aprueban conjuntamente el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Salud.
Vecinal / ComunitariaLa Ley 3095 exige que el mediador tenga título otorgado por un organismo oficial. La reglamentación agrega acreditar los requisitos del Ministerio de Justicia de la Nación y figurar en el listado de la autoridad de aplicación. Los gestores comunitarios colaboran, pero no pueden actuar como mediadores en las audiencias.
FamiliaPara ser mediador/a del Servicio hay que tener título de mediador y ser especialista en mediación familiar; los cargos se cubren por concurso. El Tribunal Superior de Justicia también debe conformar un listado de mediadores habilitados, según los requisitos que fije la reglamentación.
PenalPara mediar en el Programa hay que tener título de nivel superior y formación básica en una entidad reconocida por el Ministerio de Justicia de la Nación. Los cargos del Poder Judicial se cubren por concurso; quienes actúan como mediadores externos deben inscribirse en un Registro propio, con especialización en mediación penal y 40 horas de prácticas.