Marco normativo
Sancionada el 16/12/2020 y publicada el 29/01/2021, reemplazó a la anterior Ley 1601-M. Regula de forma integral la mediación judicial, extrajudicial, comunitaria, penitenciaria, la mediación ante la Justicia de Paz y la negociación en conflictos sociales complejos. Fue reglamentada por el Decreto N° 1849/21 y su implementación operativa está a cargo del Superior Tribunal de Justicia (ACTA N° 30/2021).
Obligatoriedad: La mediación judicial es voluntaria: según el art. 21, en cualquier estado del proceso y antes de sentencia firme, cualquiera de las partes puede pedir que la causa sea derivada a mediación. En asuntos de familia existe intervención prejudicial regulada por la Ley Provincial N° 2951-N (Código Procesal de Niñez, Adolescencia y Familia).
Materias obligatorias
- Familia (intervención prejudicial según Ley 2951-N, Código Procesal de Niñez, Adolescencia y Familia)
Materias voluntarias
- Civil
- Comercial
- Laboral
- Penal
- Contencioso administrativo
Materias excluidas
Sin datos verificados todavía.
Capacitación
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Indicadores de uso
Recursos útiles para mediadores
Trámites, formularios y modelos de escritos provistos por los organismos oficiales, colegios profesionales y agrupaciones de mediadores. Los enlaces llevan siempre al recurso original en el sitio del organismo emisor.