Marco normativo
La Ley 1990-P instituye en la provincia la práctica de la mediación como método no adversarial de resolución de controversias por autocomposición pacífica, en los ámbitos comunitario, escolar, judicial y extrajudicial. Fue modificada posteriormente por la Ley 2503-P. Desde el 1 de junio de 2025 se amplió el alcance de la Mediación Judicial Previa Obligatoria en materia de Familia y Laboral a la Segunda Circunscripción Judicial y al resto del territorio provincial.
Obligatoriedad: La Mediación Judicial Previa es condición de admisibilidad para iniciar demanda judicial por igual causa en las materias alcanzadas (con expansión reciente a Familia y Laboral en toda la provincia); la asistencia letrada en los procesos de mediación judicial es obligatoria.
Materias obligatorias
- Familia
- Laboral
Materias voluntarias
Sin datos verificados todavía.
Materias excluidas
Sin datos verificados todavía.
Capacitación
Todavía no contamos con datos verificados de requisitos de capacitación ni centros habilitados para esta ficha.
Indicadores de uso
Recursos útiles para mediadores
Trámites, formularios y modelos de escritos provistos por los organismos oficiales, colegios profesionales y agrupaciones de mediadores. Los enlaces llevan siempre al recurso original en el sitio del organismo emisor.