Marco normativo
Publicada el 27/5/2025 (Boletín Oficial 5992), instituye como política pública la mediación como método autocompositivo y pacífico de resolución de conflictos. Crea el Registro Provincial de Mediadores; la autoridad de aplicación es el Poder Ejecutivo, a través del órgano que establezca su competencia, con delegaciones en las zonas Norte, Centro y Sur. Los Centros Judiciales de Mediación deben garantizar el acceso a las personas en condición de vulnerabilidad (art. 8), y se invita a los municipios a adherir para desarrollar la mediación comunitaria (art. 9). El Centro de Mediación del Poder Judicial es anterior a la ley: lo creó el Tribunal Superior de Justicia el 31/10/2016 como programa piloto.
Obligatoriedad: La ley establece el principio de voluntariedad (art. 2) y no crea una instancia obligatoria previa al juicio. Al Centro Judicial se llega por derivación de los juzgados con competencia en Familia. También puede pedirlo cualquier persona, o derivarlo una defensoría, aunque no se haya iniciado un proceso judicial. Las partes deben contar con asistencia jurídica, y el plazo es de hasta 60 días corridos, prorrogables por acuerdo.
Materias obligatorias
Las fuentes oficiales revisadas no indican materias en esta categoría.
Materias voluntarias
- Responsabilidad parental, cuidado personal, obligación alimentaria y régimen de comunicación
- Liquidación de la comunidad de bienes
- Autorizaciones de viaje
- Situaciones familiares posteriores a una sucesión o a una determinación de apoyos
Materias excluidas
Las fuentes oficiales revisadas no indican materias en esta categoría.
Capacitación
La Ley 3927 prevé matricularse en un Registro Provincial de Mediadores, según su reglamentación. Para el Registro de Mediadores Ad-hoc del Centro Judicial se pide título universitario y formación básica y pasantía en una entidad autorizada por el Ministerio de Justicia de la Nación.
Indicadores de uso
Recursos útiles
Trámites, formularios y modelos de escritos provistos por los organismos oficiales, colegios profesionales y agrupaciones de mediadores. Los enlaces llevan siempre al recurso original en el sitio del organismo emisor.
Familia
Centro de Mediación - Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz
Información del Centro, sedes, contactos, reglamentación, novedades y estadísticas.
jussantacruz.gob.arReglamentación del Centro de Mediación
Reglamento original del Centro: objeto, plazo, formularios, asistencia jurídica y confidencialidad.
jussantacruz.gob.arReglamento complementario - Mediación prejudicial
Habilita el pedido de cualquier persona o la derivación de una defensoría sin juicio iniciado, e incluye el formulario de inicio.
jussantacruz.gob.arGeneral
Ley N° 3927 - Mediación para la Provincia de Santa Cruz
Texto publicado en el Boletín Oficial.
boletinoficial.santacruz.gob.arResolución de creación del Centro de Mediación
Resolución del Tribunal Superior de Justicia que creó el Centro.
jussantacruz.gob.arEstadísticas 2025 del Centro de Mediación de Río Gallegos
Origen de las solicitudes, sustanciación y resultado de las mediaciones.
jussantacruz.gob.ar