Marco normativo
Aprobada el 1° de noviembre de 2023, instituye y declara de interés público en todo el ámbito provincial la utilización, promoción, difusión y desarrollo de instancias participativas y pacíficas de resolución de conflictos. Regula cinco modalidades: mediación prejudicial, judicial, extrajudicial, escolar y comunitaria. El Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy administra el Registro de Mediadores Prejudiciales.
Obligatoriedad: La ley instituye como obligatoria la asistencia de las partes a una instancia de mediación previa a todo proceso judicial, con excepción de las materias expresamente excluidas por la norma.
Materias obligatorias
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Materias voluntarias
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Materias excluidas
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Capacitación
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Indicadores de uso
Recursos útiles para mediadores
Trámites, formularios y modelos de escritos provistos por los organismos oficiales, colegios profesionales y agrupaciones de mediadores. Los enlaces llevan siempre al recurso original en el sitio del organismo emisor.