Marco normativo
La Ley 6910 modificó el Código de Procedimiento Civil de la provincia incorporando el Libro VIII sobre Medios Alternativos de Resolución de Conflictos. La Ley N° 7046, del 29/11/2011, reformó ese articulado. El procedimiento de mediación se implementa con carácter obligatorio, previo a la iniciación de los procesos judiciales, en las materias y jurisdicciones que determine el Superior Tribunal de Justicia.
Obligatoriedad: Mediación obligatoria previa a la iniciación de procesos judiciales, en las materias y jurisdicciones que el Superior Tribunal de Justicia va determinando gradualmente (según antecedentes, se inició con un plan piloto en materia de familia en la capital provincial).
Materias obligatorias
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Materias voluntarias
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Materias excluidas
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Capacitación
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Indicadores de uso
Recursos útiles para mediadores
Trámites, formularios y modelos de escritos provistos por los organismos oficiales, colegios profesionales y agrupaciones de mediadores. Los enlaces llevan siempre al recurso original en el sitio del organismo emisor.
Todavía no hay recursos verificados cargados para esta jurisdicción. Si conocés un enlace oficial (inicio de trámite, formularios o modelos de escritos), este espacio se irá completando.