Régimen especial · Penal

Mediación Penal

Mediación Penal (Mendoza)

Mediación penal de Mendoza bajo el paradigma de justicia restaurativa, a cargo del Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial. Es voluntaria: las partes deben estar de acuerdo en participar. Es un área propia del Cuerpo, distinta de la mediación familiar obligatoria (Ley 9.120).

Jurisdicción: Mendoza

Datos actualizados: 31 de octubre de 2026 · Metodología

Marco normativo

Acordadas de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (Acordada 21.612 bis y complementarias)
Sanción: 2008 · Ver texto oficial

La mediación penal de Mendoza se rige por acordadas de la Suprema Corte, bajo el paradigma de justicia restaurativa. La Acordada 18.410 (29/4/2004) aprobó un proyecto piloto de mediación penal juvenil, y la 20.745 (febrero de 2008) creó el área. La Acordada 21.612 bis (24/11/2008) aprobó el protocolo para jóvenes en conflicto con la ley penal y el proyecto piloto en juzgados correccionales y contravencionales, y suspende los plazos procesales durante la mediación por 60 días corridos, prorrogables por 30 a pedido del Cuerpo. La Acordada 29.516 (24/4/2020) aprobó el plan de trabajo a distancia para el fuero penal colegiado y el juvenil. Las audiencias comienzan en forma privada y luego pueden ser conjuntas, presenciales o virtuales.

Obligatoriedad: La mediación penal es voluntaria: el proceso requiere que las partes estén de acuerdo en participar. Los casos llegan derivados por el Ministerio Público Fiscal, los juzgados contravencionales, la justicia penal juvenil y los juzgados del fuero penal colegiado. Si la mediación no prospera, subsiste la pretensión punitiva del Estado.

Materias obligatorias

Las fuentes oficiales revisadas no indican materias en esta categoría.

Materias voluntarias

  • Causas penales de justicia penal juvenil y de adultos derivadas del Ministerio Público Fiscal, juzgados contravencionales y juzgados del fuero penal colegiado
  • Materia correccional, con prioridad para impedimento de contacto, incumplimiento de deberes de asistencia familiar, usurpaciones, lesiones leves, daños, hurtos y delitos de acción privada (protocolo de 2008)
  • Materia contravencional, con prioridad para disputas entre vecinos, ruidos molestos y tenencia de animales (protocolo de 2008)

Materias excluidas

  • Hechos con riesgo de escalada de violencia entre las partes (protocolo de 2008)
  • Violencia familiar o de género, salvo que se cumplan los requisitos específicos del protocolo de 2008
  • Delitos insignificantes o de mínima culpabilidad, salvo que afecten el interés público: se resuelven por criterios de oportunidad (protocolo de 2008)

Capacitación

No encontramos información oficial sobre requisitos de capacitación ni centros habilitados para esta ficha.

Indicadores de uso

No encontramos estadísticas oficiales al respecto.

Recursos útiles

Trámites, formularios y modelos de escritos provistos por los organismos oficiales, colegios profesionales y agrupaciones de mediadores. Los enlaces llevan siempre al recurso original en el sitio del organismo emisor.

Contacto

Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de Mendoza - Mediación Penal (1° Circunscripción)

📍Av. Belgrano 250 y Virgen del Carmen de Cuyo, 2° piso ala norte, Ciudad de Mendoza (de 7:30 a 13:30 h)
☎0261 441-1713 / 1715

Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de Mendoza - Mediación Penal (2° Circunscripción, San Rafael)

📍Emilio Civit 257, San Rafael (de 7:30 a 13:30 h)
☎0260 444-9154 / 9337

Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de Mendoza - Mediación Penal (2° Circunscripción, Malargüe)

📍Saturnino Torres Este 610, Malargüe (de 7:30 a 13:30 h)
☎0260 451-9372

Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de Mendoza - Mediación Penal (3° Circunscripción, San Martín)

📍Edificio Judicial de San Martín, 9 de Julio 850 y Chubut, 4° piso (de 7:30 a 13:30 h)
☎0263 443-9611

Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de Mendoza - Mediación Penal (4° Circunscripción, Tunuyán)

📍San Martín y Emilio Civit, primer piso, Tunuyán (de 7:30 a 13:30 h)
☎2622 423-111 · WhatsApp +54 9 261 706-1494